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BENITEZ, RAMON BARTOLO (2) c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de una lumbalgia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y confirmó el porcentaje de incapacidad reconocido, pero modificó el modo de cálculo de los intereses.

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Incapacidad laboral por lumbalgia

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo al cálculo de los intereses, pero confirmó el porcentaje de incapacidad laboral reconocido (3%) por considerar que el accidente laboral actuó como causa adecuada de la afección, aun cuando pudieran existir factores concausales. La Cámara señaló que cuando en el baremo se indica que el porcentaje previsto como factor edad debe sumarse a los otros factores, ello implica que se debe multiplicar por (1+ x%) el porcentaje de incapacidad, y no sumar directamente el porcentaje por edad. Respecto a la nulidad de la pericia médica alegada por el actor, la Cámara consideró que no se advirtieron vulneraciones a las formas sustanciales del juicio ni afectación al derecho de defensa, por lo que propició confirmar la sentencia de grado sobre este punto.

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