PROSDOCIMO ISABEL GILDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia, estableciendo los criterios para la actualización de los montos de referencia correspondientes a las categorías autónomas.
¿Quién es el actor?
PROSDOCIMO ISABEL GILDA
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del beneficio previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo:
- Los criterios para actualizar la Prestación Básica Universal (PBU) conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema.
- Los criterios para actualizar los montos o rentas de referencia correspondientes a las categorías autónomas en las que revistió la afiliada, considerando los períodos anteriores y posteriores a julio de 1994.
- Rechazó los planteos de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y la exención del impuesto a las ganancias, remitiéndolos a la etapa de ejecución de sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La comparación para determinar la confiscatoriedad de la PBU debe hacerse sobre el haber inicial total que percibe el beneficiario.
- Para los aportes anteriores a julio de 1994, se debe considerar la totalidad de los años aportados y no solo los últimos 15.
- Para el período 1994-2001 no hubo variaciones significativas en los índices salariales.
- Para 2002-2006 se aplicará el índice "Badaro".
- Desde 2007 se aplicarán los aumentos generales y las leyes de movilidad.
- Para aportes posteriores a 2009 se aplicará el art. 32 de la Ley 26.417.
- Los aportes mediante planes de facilidades de pago no se actualizarán.
- La constitucionalidad de la Ley 27.541 y la exención de ganancias se analizarán en ejecución de sentencia.
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