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FERNANDEZ, JUAN Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-P.E.N.-MINISTERIO DE SEGURIDAD-GENDARMERIA NACIONAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Pensionados de Gendarmería Nacional demandan al Estado por pago de gratificaciones y suplementos. La Cámara Federal reconoce el derecho al pago de las gratificaciones dispuestas por el Decreto N° 1987/85 sin incorporarlas al haber mensual, y el derecho al Suplemento por Antigüedad de Servicios a un jubilado.

Seguridad social Gendarmeria nacional Haberes Suplemento por antiguedad de servicios Gratificaciones Prescripcion. Decreto 1897/85

Pago de gratificaciones otorgadas por Decreto N° 1897/85 y Resolución N° 500/85, y reconocimiento del Suplemento por Antigüedad de Servicios

¿Qué se resolvió?

Se reconoce el derecho al pago de las gratificaciones dispuestas en el Decreto N° 1987/85 sin incorporarlas al haber mensual, y el derecho al Suplemento por Antigüedad de Servicios a uno de los actores. La jueza analizó que el Decreto N° 1897/85 otorgó una gratificación al personal militar en actividad que no debe incorporarse al haber mensual. Respecto a los actores en actividad en 1985, al no estar publicado el decreto, el plazo de prescripción comenzó a correr desde la presentación de la demanda, por lo que no está prescripto. Se modificó la sentencia de primera instancia en este aspecto.

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