SIMALA, DAVID GASTON c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La parte demandada apeló una decisión que la intimaba al pago de una deuda, alegando su falta de exigibilidad. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión al considerar que el monto del reclamo no supera el mínimo para ser apelable.
Pago de deuda
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró mal concedido el recurso de apelación de la parte demandada, por considerar que el monto del reclamo ($ 106.115,07) no supera el mínimo establecido para ser apelable ($ 2.100.000). La Cámara señaló que el Tribunal de Alzada tiene la potestad de revisar de oficio la procedencia y forma de concesión del recurso, incluso cuando esté consentido. Esto se funda en que se trata de una cuestión de orden público relativa a la competencia funcional del Tribunal. Respecto al monto, la Cámara indicó que debe considerarse el vigente al momento de la intimación de pago ($ 2.100.000 según Ac. CSJN 10/2024), ya que ello abre una nueva pretensión ejecutoria.
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