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ROVELLA CARRANZA SA c/ EN-DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La parte actora promovió demanda por ejecución de sentencia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión de primera instancia y habilitó la ejecución forzada del crédito.

Intereses Ejecucion de sentencia Credito presupuestario Ley 23.982 Ley 11.672


¿Quién es el actor?

ROVELLA CARRANZA SA

¿A quién se demanda?

EN-DNV
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia que reconoció un crédito a favor de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de primera instancia que había rechazado el pedido de ejecución. Estableció que el crédito reconocido debió ser incluido en el presupuesto del año 2023 y, ante la falta de previsión presupuestaria suficiente, el Estado debe efectuar las previsiones necesarias para su inclusión en el ejercicio 2024. Por lo tanto, a partir de 2025 el interesado se halla habilitado para promover la ejecución forzada de su crédito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que, conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema y de esta Sala, ante la falta de crédito presupuestario suficiente en el ejercicio en el que corresponde satisfacer el pago, el Poder Ejecutivo debe arbitrar las medidas necesarias para su inclusión en el ejercicio siguiente. Además, aclaró que durante ese tiempo que se le otorga al Estado para cumplir con la condena, deben correr los intereses fijados en la sentencia.

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