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EN-M INTERIOR OP Y V c/ MUNICIPIO DE VINALITO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La parte actora apeló una providencia que denegó la notificación de una sentencia. La Cámara declara mal concedido el recurso por tratarse de una resolución inapelable.

Recurso de apelacion Competencia funcional Monto inapelable Proceso de conocimiento Articulo 242 cpccn.


¿Quién es el actor?

EM
- M I INTERIOR OP Y V C/ MUNICIPIO DE VINALITO

¿A quién se demanda?

MUNICIPIO DE VINALITO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo sobre proceso de conocimiento

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la providencia del 30 de diciembre de 2024, por tratarse de una resolución inapelable en virtud del art. 242 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal de alzada tiene la potestad de revisar de oficio la procedencia y forma de concesión del recurso, más allá de la voluntad de las partes. El art. 242 del CPCCN establece que son inapelables las sentencias definitivas y demás resoluciones cuando el monto cuestionado es inferior a $90.000, monto que en este caso se encuentra cumplido.

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