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LUDUEÑA CARLOS ALBERTO c/ EN-AFIP DGI-DISP 620/06 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma el rechazo de la suspensión solicitada por el contribuyente, al entender que la ejecución de la deuda no requiere firmeza de la resolución.

Recurso de apelacion Afip Efecto suspensivo Ejecucion de deuda Firmeza de resolucion Recurso de queja.


¿Quién es el actor?

Carlos Alberto Ludueña

¿A quién se demanda?

AFIP-DGI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de suspensión de la ejecución de una deuda determinada por AFIP-DGI, pendiente de resolución de un recurso de hecho ante la Corte Suprema.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el contribuyente, confirmando la decisión de primera instancia que había denegado la suspensión solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 285 del CPCCN establece que mientras la Corte Suprema no haga lugar a la queja, no se suspenderá el curso del proceso.
- La firmeza de una resolución no es requisito para su ejecución, siendo admisible la ejecución de resoluciones no firmes.
- La facultad de otorgar efecto suspensivo al recurso de queja es excepcional y corresponde a la Corte Suprema, quien debe evaluar si los argumentos pueden involucrar cuestiones federales.

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