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LATTANZI MIGUEL NAZARENO c/ MAPFRE ARGENTINA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó por accidente laboral y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia aumentando el monto indemnizatorio.

Indemnizacion Actualizacion monetaria Accidente laboral Principio de igualdad Inconstitucionalidad del nominalismo rigido.

Accidente laboral
- Ley Especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando el monto de condena a $17.219,35. Confirmó la sentencia en cuanto a los accesorios de condena, aplicando el criterio de indexación por IPC más 3% de interés anual. Adecuó los honorarios profesionales. Fundamentos relevantes:
- Respecto al monto de condena, la Cámara determinó que el cálculo correcto de la fórmula del art. 14 de la Ley 24.557 era de $17.219,35 y no $17.192,86 como se había establecido en primera instancia.
- En cuanto a los intereses, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del nominalismo rígido que impone la utilización de tasas bancarias, y aplicó el criterio de indexación por IPC más 3% de interés anual.
- La Cámara consideró que mantener un criterio diferenciado entre trabajadores despedidos y accidentados colisiona con el principio de igualdad ante la ley.

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