LEITES JUAN DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Jubilado reclama reajuste de su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia de primera instancia.
Reajuste del beneficio previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada. En relación a la actualización de la PBU, la Cámara señaló que el análisis de la confiscatoriedad debe efectuarse en la etapa de ejecución de sentencia. Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, la Cámara siguió el criterio de la Corte Suprema que considera que la mera utilización de la capacidad contributiva como parámetro para establecer impuestos a los jubilados y pensionados no es suficiente al no tener en cuenta su vulnerabilidad.
Fundamentos principales:
- La comparación para determinar la confiscatoriedad en la PBU debe realizarse sobre el total del haber inicial que percibe el jubilado.
- El art. 82 de la ley 18.037 sobre prescripción no ha sido modificado por el Código Civil y Comercial.
- Corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA para la actualización.
- Los jubilados y pensionados conforman un grupo vulnerable que debe tener garantizada la igualdad real de oportunidades y de trato.
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