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DANA ARGENTINA SA (TF 25053-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma que el certificado de origen con firma facsímil es válido, desestimando los agravios de la Aduana.

Recurso directo Tasa de estadistica Certificado de origen Firma facsimil Exceso de rigor formal.


¿Quién es el actor?

Dana Argentina SA

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición del pago en exceso de la tasa de estadística.

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestima los agravios de la DGA y confirma la decisión del Tribunal Fiscal que revocó la resolución de la Aduana que había rechazado la devolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal Fiscal consideró que el certificado de origen con firma facsímil del funcionario Benedito de Sanctis Pires de Almeida es válido, ya que se trataba de una práctica habitual de la entidad certificante y hay antecedentes en los que se aceptó este tipo de firma.
- La Cámara comparte el criterio del Tribunal Fiscal, indicando que exigir la firma ológrafa sería un "exceso de rigor formal" cuando hay constancias administrativas que acreditan la validez de la firma facsímil.

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