RENZETTI, CECILIA LAILA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA s/EMPLEO PUBLICO
La actora promovió demanda por el pago de indemnización por despido arbitrario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de la indemnización prevista en la Ley Marco Regulatoria del Empleo Público Nacional por el periodo desde el 1.10.2009 hasta el 27.02.2018.
- Actora: Cecilia Laila Renzetti
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Energía y Minería
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de indemnización por despido arbitrario
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de la indemnización prevista en la Ley Marco Regulatoria del Empleo Público Nacional por el periodo desde el 1.10.2009 hasta el 27.02.2018.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actora prestó servicios de manera ininterrumpida en la Secretaría de Energía desde el 1.08.2002 hasta el 30.09.2009, inicialmente bajo un contrato de locación de servicios en el marco de un convenio con la Universidad Nacional de General San Martín, y luego desde el 1.10.2009 bajo el régimen del artículo 9° de la Ley 25.164.
- Las tareas desarrolladas por la actora como asistente administrativa no eran de carácter excepcional o transitorio, y la Administración recurrió a figuras jurídicas excepcionales con el objeto de encubrir un empleo público permanente, lo que generó en la actora una legítima expectativa de permanencia.
- Corresponde hacer lugar a la indemnización reclamada únicamente por el periodo comprendido entre el 1.10.2009 y el 27.02.2018.
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