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SOLODOVNIK, MARCELO c/ LOVERA CASTILLO, JAIRO JAIR s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, estableciendo los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño psíquico y tratamiento.

Accidente de transito Dano moral Responsabilidad civil Gastos medicos Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Formula matematica.

Resarcimiento de daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, reconociendo una incapacidad física del 10% y una incapacidad psíquica del 23%. Ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes, incluyendo los gastos de tratamiento psicológico. Los fundamentos principales fueron:
- La incapacidad debe ser considerada de manera integral, abarcando tanto el aspecto físico como el psíquico.
- El informe pericial médico y psicológico resulta de fundamental importancia para determinar la existencia y magnitud de las lesiones.
- La indemnización por incapacidad debe calcularse aplicando criterios matemáticos que determinen un capital cuyas rentas cubran la disminución de la aptitud del damnificado.
- Los gastos de asistencia médica, farmacéuticos y de traslado deben ser indemnizados aun cuando no estén documentados, por presumirse razonables.
- El daño moral se determina ponderando las circunstancias objetivas y subjetivas del caso, sin que el dinero sustituya al dolor pero sí procure una compensación.

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