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ACEVEDO, GRACIELA DINA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora demandó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad del cálculo de intereses, ordenando su recálculo.

Intereses Incapacidad Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Inconstitucionalidad Ripte

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley 24.557 que establecen el cálculo de intereses, ordenando recalcular los intereses moratorios del crédito del actor conforme al CER desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago. Confirmó el resto de lo resuelto en primera instancia. Los jueces consideraron que la utilización de la tasa activa para el cálculo de intereses en este tipo de acciones implicaba una confiscatoriedad del crédito del trabajador, con grave afectación del derecho de propiedad. Citaron la Resolución 467/2021 del Ministerio de Trabajo que estableció el RIPTE como mecanismo de resguardo del valor de las prestaciones.

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