EQUIMAC SACIF E I c/ EN-DNV- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La empresa Equimac demandó al Estado Nacional por incumplimiento en el pago de intereses por la emisión demorada de certificados de adecuación provisoria y redeterminación de precios. La Cámara Contencioso Administrativa revocó parcialmente la sentencia y desestimó la pretensión por falta de prueba de la mora administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa Equimac SACIF E I demandó a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) solicitando se fije judicialmente un plazo para que la demandada pague los intereses por la emisión demorada de los certificados de adecuación provisoria y redeterminación definitiva de precios de sus obras, tanto individuales como por su participación en uniones transitorias. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. La DNV apeló. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó parcialmente la sentencia apelada. Si bien reconoció que los certificados de adecuación y redeterminación están sujetos al mismo régimen que los certificados de obra, destacó que no existe un plazo legal expreso para su emisión. Por lo tanto, la configuración de mora requiere que el contratista acredite: i) la fecha de solicitud formal de redeterminación; ii) la verificación de la variación de costos; iii) la fecha de emisión del certificado; y iv) la razonabilidad del tiempo transcurrido. En el caso, el informe pericial no individualizó ni documentó esos extremos, por lo que no se tuvo por acreditada la mora imputable a la Administración. En consecuencia, se desestimó la pretensión indemnizatoria por falta de prueba.
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