F, J M Y OTRO c/ SUME SALUD COBERTURA MEDICA s/AMPARO LEY 16.986
Los actores reclamaron la cobertura de un tratamiento de fertilización asistida. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a la demandada que afronte el pago de las costas.
¿Quién es el actor?
F, J M y OTRO
¿A quién se demanda?
SUME SALUD COBERTURA MEDICA
- Objeto de la demanda: Obtener la cobertura de una ecografía Doppler de arterias uterinas y la continuidad del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que las costas sean soportadas por la demandada, en virtud del principio objetivo de la derrota. La Cámara señaló que fue la actitud de la demandada la que motivó el reclamo en sede judicial, por lo que correspondía imponerle las costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como norma general las costas deben imponerse al vencido porque quien hace necesaria la intervención del tribunal por su conducta, su acción u omisión, debe soportar el pago de los gastos que la contraparte ha debido realizar en defensa de su derecho" (Colombo, Carlos – Kiper, Claudio). "Si el demandado dio origen al pleito –a través de la autoría del acto cuestionado-, es razonable que deba responder por todos los gastos del juicio…" (Néstor Pedro Sagües). Aplicando estos principios, la Cámara consideró que correspondía imponerle las costas a la demandada, ya que su actitud fue la que originó el reclamo judicial.
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