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SISTI, PEDRO LUIS c/ SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió demanda por acceso a información pública relacionada con empresas de medicina prepaga. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la acción.

Deber de fundamentacion Superintendencia de servicios de salud Acceso a la informacion publica Empresas de medicina prepaga Procesamiento de informacion.


¿Quién es el actor?

Pedro Luis Sisti

¿A quién se demanda?

Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de acceso a información pública relacionada con empresas de medicina prepaga

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la acción, ordenando a la demandada brindar la información solicitada en los puntos 1 y 12 de la presentación. Se rechazó la acción respecto de los puntos 2 a 11, por considerar que excedían la finalidad de acceso a información pública. Fundamentos principales:
- La información requerida en los puntos 2 a 11 implicaba una exigencia a la demandada de procesar o clasificar la información, lo cual excede lo establecido en el art. 5 de la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública.
- Los aspectos jurídico-normativos sobre las empresas de medicina prepaga solicitados en los puntos 2 a 11 podrían ser respondidos a partir de la totalidad de la normativa que rige a dichas empresas, cuyo acceso fue ordenado en el punto 1.
- La sentencia se encuentra debidamente fundamentada al explicar por qué los pedidos de los puntos 2 a 11 exceden la finalidad de acceso a información pública.
- En cuanto a la imposición de costas, corresponde el orden causado dada la existencia de vencimientos parciales y mutuos.

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