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OBRA SOCIAL PARA EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES GUAYPARE JOSE MARIA c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/REPETICION

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dirime un conflicto negativo de competencia entre jueces de primera instancia del fuero civil y laboral.

Obra social Conflicto de competencia Aseguradora de riesgo de trabajo Repeticion de gastos medicos


¿Quién es el actor?

Obra Social para Empleados de Comercio y Actividades Civiles Guaypare José María

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de gastos médicos

¿Qué se resolvió?

La Cámara resuelve declarar la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en el reclamo, revocando la decisión inicial que había atribuido la competencia a la Justicia Civil.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara sostiene que, según el Decreto 1285/58, le corresponde dirimir el conflicto negativo de competencia entre jueces nacionales de primera instancia.
- Analizando los antecedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Cámara concluye que, en casos similares de reclamos de reintegro de gastos médicos entre obra social y ART, corresponde atribuir la competencia a la Justicia Nacional del Trabajo.
- Esto se fundamenta en que la Corte Suprema ha reenvíado este tipo de conflictos de competencia al Tribunal Superior de Justicia de CABA, el cual ha resuelto que son competentes los tribunales laborales.

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