VILTE, FRANCISCA c/ BUENOS AIRES SERVICIOS DE SALUD BASA S.A. Y OTRO s/COBRO DE SALARIOS
El actor promovió demanda por cobro de salarios adeudados. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y ordenó la actualización del crédito con índice de precios al consumidor y una tasa de interés pura del 3% anual.
¿Quién es el actor?
VILTE, FRANCISCA
- Demandados: CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCIÓN SOCIAL y BUENOS AIRES SERVICIOS DE SALUD BASA S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de salarios adeudados
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia. Se ordena la actualización del crédito de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC) del INDEC, con más una tasa de interés pura del 3% anual desde el origen de cada crédito. Se mantiene lo resuelto en primera instancia en materia de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que las tasas de interés autorizadas por el Banco Central son insuficientes para mantener el valor del crédito laboral, por lo que correspondía aplicar un mecanismo de actualización monetaria.
- Declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación del art. 7 de la Ley 23.928 (texto según Ley 25.561) para preservar los derechos constitucionales de propiedad y protección del crédito salarial.
- Sostuvo que los jueces tienen facultad para declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas cuando se acredita la afectación concreta de garantías constitucionales.
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