Incidente Nº 1 - ACTOR: ASOCIACIÓN PROFESIONAL DEL CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN Y OTRO DEMANDADO: EN - PEN - DTO 652/24 s/INC APELACION
La Asociación Profesional del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación y otra promovieron incidente para que se ordene al Estado Nacional abstenerse de practicar retenciones por impuesto a las ganancias sobre el adicional por costo de vida que perciben los miembros del Servicio Exterior destacados en el exterior. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la medida cautelar otorgada, al considerar verosímil la impugnación de la reforma legal que eliminó esa deducción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Asociación Profesional del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación y la Asociación de Trabajadores del Estado promovieron un incidente solicitando una medida cautelar de no innovar, a fin de que se ordene al Estado Nacional abstenerse de practicar retenciones por impuesto a las ganancias sobre el "adicional por costo de vida" que perciben los miembros del Servicio Exterior destacados en el exterior. El juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada, entendiendo que existía verosimilitud en el derecho invocado y peligro en la demora, dado que el "adicional por costo de vida" no reúne los requisitos para ser considerado "renta" a los fines del impuesto a las ganancias y que su carácter alimentario justificaba la procedencia de la medida. Los demandados apelaron, alegando que la medida cautelar avanzaba sobre el principio de división de poderes y que no se había acreditado la verosimilitud en el derecho ni el peligro en la demora. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución de primera instancia. Consideró que las asociaciones sindicales demandantes tienen legitimación para accionar colectivamente, dada la homogeneidad de los intereses individuales de los miembros del Servicio Exterior que perciben el "adicional por costo de vida". Respecto a la verosimilitud en el derecho, entendió que existía suficiente incertidumbre sobre si el "adicional por costo de vida" reúne los requisitos de la ley del impuesto a las ganancias para ser considerado renta, ante la nueva regulación que impide su deducción. Finalmente, consideró acreditado el peligro en la demora dada la incidencia alimentaria del adicional cuestionado.
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