FRUTOS VERON, LUCIANO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y aplicó una tasa de interés distinta a la dispuesta por el juez de primera instancia para evitar la desprotección del crédito del trabajador.
Accidente de trabajo del 10/05/2019 que le produjo una incapacidad psicofísica del 10,15%
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el reconocimiento de la incapacidad pero modificó el cálculo de los intereses. Revocó la declaración de inconstitucionalidad de las leyes que prohíben la indexación realizada por el juez de primera instancia y aplicó la tasa de interés prevista en el Acta CNAT 2658 (IPC INDEC más 3% anual) para evitar la licuación del crédito del trabajador.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que si bien el objetivo de las leyes que prohíben la indexación se vio modificado a lo largo de los años, en el caso de la Ley 27.348 (régimen especial de accidentes de trabajo) el legislador incorporó expresamente el sistema de actualización por el índice RIPTE y un régimen de intereses, por lo que no correspondía declarar la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación. Afirmó que los jueces deben buscar otros medios para tutelar el derecho del trabajador antes de acudir a la declaración de inconstitucionalidad, que es la última ratio. En el caso, la tasa de interés prevista en el art. 11 de la Ley 27.348 resulta insuficiente, por lo que corresponde aplicar la tasa de interés prevista en el Acta CNAT 2658 (IPC INDEC más 3% anual) para evitar la desprotección del crédito del trabajador.
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