GALLARDO, EDGARDO ANTONIO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo con reclamos por incapacidad física y psíquica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad total computado.
Indemnización por accidente de trabajo con incapacidad física y psíquica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el otorgamiento de la incapacidad física del 3,39% de la total obrera, pero revocó la incapacidad psíquica del 5,65% fijada en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que el accidente sufrido por el actor (caída al descender de un camión) fue un evento leve que no originó una perturbación patológica de su personalidad ni una pérdida de empatía para vincularse socialmente. Por lo tanto, no correspondía reconocer incapacidad psíquica.
- Respecto a la incapacidad física, la Cámara confirmó el 3% fijado por el perito, más los factores de ponderación, totalizando el 3,39% de la incapacidad total obrera.
- En cuanto a los intereses, la Cámara confirmó que deben computarse desde la fecha del accidente.
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