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ARGUELLO, CARLOS ANTONIO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó recalcular los intereses de la condena.

Intereses Incapacidad psiquica Accidente laboral Decreto 669/2019 Honorarios profesionales.

accidente laboral
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el porcentaje de incapacidad fijado, pero ordenó recalcular los intereses de la condena conforme lo establecido en el Decreto 669/2019. Estableció que los intereses deben calcularse desde la fecha del accidente y hasta el momento de la liquidación, con una tasa del 6% anual. También fijó los honorarios de los profesionales intervinientes.
- Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que el juez de primera instancia actuó correctamente al determinar el porcentaje de incapacidad psíquica, al haber ordenado la prueba pericial necesaria.
- Respecto a los intereses, la Cámara aplicó el régimen establecido en el Decreto 669/2019, que dispone la actualización del ingreso base mensual y el cálculo de intereses desde la fecha del accidente.
- La Cámara fundamentó que, a pesar de considerar inconstitucional el Decreto 669/2019 por haber sido dictado como decreto de necesidad y urgencia, debía aplicarlo por resultar la posición mayoritaria.

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