Uriarte, Rodolfo Marcelo y otro c/ Consejo de la Magistratura de la Nación s/ acción mere declarativa de inconstitucionalidad
La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del régimen de designación de jueces subrogantes previsto en la Ley 27.145, argumentando que debe respetarse el principio de independencia judicial y el derecho de los justiciables a contar con magistrados independientes e imparciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Procedimiento para la designación de jueces subrogantes
Ley 27.145
- Principio de independencia judicial como uno de los pilares básicos de las garantías del debido proceso
- Necesidad de contar con una magistratura independiente e imparcial
- Derecho de los justiciables a jueces independientes aunque sean provisorios
- Necesidad de garantizar procedimiento para los nombramientos sobre base de parámetros básicos de objetividad y razonabilidad
- Importancia de la garantía de inamovilidad
- Necesidad de agotar todas las posibilidades para que las vacantes sean cubiertas en primer término por quienes accedieron al cargo de acuerdo al mecanismo establecido en la Constitución Nacional
- Falta en la ley de parámetros objetivos para justificar cada designación
- Cuestionamiento de la posibilidad de aprobación por mayorías simples y no de dos tercios como se exige para los jueces permanentes
- Designación de jueces subrogantes en tribunales creados pero que no están en funcionamiento que desnaturaliza el instituto
- Intromisión en los poderes de la Corte
- Significativa cantidad de designaciones transitorias debido a la demora en los procesos de selección y designación de magistrados
- Se declara la inconstitucionalidad del régimen de subrogaciones establecido en la ley 27.145
- Invalidez de los nombramientos y de las listas de conjueces
- Validez de todas las actuaciones cumplidas hasta la fecha por los jueces subrogantes
- Pautas para las designaciones futuras hasta que el Poder Legislativo sancione un nuevo régimen
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