VILLA, HORACIO ARGENTINO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió demanda contra el Fisco Nacional por la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad y ordenó la restitución de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. Horacio Argentino Villa, de 65 años, demandó al Fisco Nacional (AFIP) solicitando la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79, inciso c), de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nº 20.628 y modificatorias, y que se ordene a la demandada abstenerse de efectuar retenciones por dicho impuesto sobre su haber previsional, con el reintegro de las sumas retenidas. El a quo hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de la norma impugnada y ordenando el reintegro de las sumas retenidas. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia apelada. Señaló que en el precedente "García, María Isabel c/ AFIP" la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que la capacidad contributiva no es suficiente para establecer tributos a los jubilados, debiendo considerarse la vulnerabilidad de este colectivo. Asimismo, invocó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que establece la necesidad de respuestas diferenciadas para los sectores vulnerables. En virtud de ello, y de los hechos acreditados, la Cámara consideró procedente confirmar la declaración de inconstitucionalidad y la restitución de las sumas retenidas.
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