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NIKE ARGENTINA SRL c/ EN-DGA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La empresa NIKE ARGENTINA SRL solicitó la repetición de Derechos de Importación Específicos Mínimos (DIEM) abonados en exceso, y la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la decisión y ajustó el cálculo de los intereses.

Intereses Repeticion Derechos de importacion Tasa pasiva bcra Nulidad de resoluciones Resolucion 598 19 Diem


¿Quién es el actor?

NIKE ARGENTINA SRL

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de Derechos de Importación Específicos Mínimos (DIEM) abonados en exceso

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había admitido la repetición solicitada, pero modificó el cálculo de los intereses. Fundamentos principales:
- Las resoluciones que establecieron los DIEM fueron declaradas nulas en otras causas por no cumplir con el procedimiento previsto. Por lo tanto, no existen impedimentos legales para proceder a la repetición.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA desde el reclamo y hasta la entrada en vigencia de la Resolución 598/19, debiendo liquidarse a partir de allí conforme a esta última norma o las que la sucedieren.

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