RODENAS, DANIEL OSCAR c/ EN-M SEGURIDAD Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El abogado apoderado del Estado Nacional impugnó la resolución que no le aplicó el Régimen de Liquidación, Percepción y Distribución de Honorarios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión al considerar que como abogado del Estado no tiene derecho a cobrar honorarios.
¿Quién es el actor?
Estado Nacional (representado por abogado Sebastián Ezequiel Heredia)
¿A quién se demanda?
Daniel Oscar Rodenas
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Aplicación del Régimen de Liquidación, Percepción y Distribución de Honorarios aprobado por la resolución 628/19 para el cobro de honorarios por el abogado Heredia.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el abogado Heredia y se confirma la resolución que no le aplicó dicho régimen.
Los principales fundamentos fueron:
- La Corte Suprema ha establecido que los abogados que representan al Estado en juicios no ejercen su actividad en función de un contrato de derecho privado, sino en virtud de la relación de empleo público, por lo que su remuneración se limita al sueldo como agente público.
- Las normas que reconocen el derecho de los abogados del Estado a cobrar honorarios de la contraparte, prevén que ello debe ser "de acuerdo a las disposiciones que reglen la materia en los organismos que representen", sometimiento al que se sometió voluntariamente el apelante.
- El cuestionamiento de inconstitucionalidad del régimen impugnado se considera inadmisible por ser fruto de una reflexión tardía y carecer de la seriedad argumental requerida.
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