CABRERA VICTOR MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó la actualización de su haber previsional, obteniendo una sentencia que declara parcialmente la inconstitucionalidad de las normas que regulaban la movilidad de los haberes jubilatorios. La Cámara modificó parcialmente la sentencia, al apartarse en algunos aspectos de dicha declaración de inconstitucionalidad.
Actualización y movilidad del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, al declarar la inconstitucionalidad del Dto. 807/16 que establecía el índice de actualización, pero rechazar la inconstitucionalidad de la ley 27.426 sobre movilidad. Ordenó aplicar la actualización y movilidad conforme a la doctrina de la CSJN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto al índice de actualización previsto en el Dto. 807/16, la Cámara siguió la doctrina de la CSJN en "Blanco" y declaró su inconstitucionalidad por extralimitación del Poder Ejecutivo.
- En cuanto a la movilidad, si bien reconoció que la ley 27.426 modificaba retroactivamente los índices, entendió que ello no afecta derechos adquiridos, por lo que rechazó la inconstitucionalidad de dicha ley.
- Respecto a la ley 27.541 de emergencia, se remitió a precedentes que convalidaron su constitucionalidad.
- Diferenció el momento del devengamiento de la movilidad (en marzo y septiembre) del cálculo mediante índices mensuales, por lo que entendió que la modificación retroactiva de estos últimos no viola derechos adquiridos.
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