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MASSACCESI JORGE ALBERTO c/ ANSES s/PENSIONES

El actor demandó por pensión derivada de unión convivencial. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y desestimó la demanda por falta de acreditación de la convivencia.

Prueba documental Union convivencial Anses Pension Corroboracion testimonial

¿Qué se resolvió en el fallo?

pensión por unión convivencial con Roxana Aida Ramírez Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Consideró que el actor no logró acreditar la existencia de la unión convivencial durante el plazo exigido por la ley 24.241, art. 53. Señaló que la prueba testimonial no resultaba suficiente y debía ser corroborada por prueba documental, lo cual no ocurrió en el caso. "En este marco, el peticionante relata que convivió con la causante en el domicilio de la calle Suquía 3333, Saladillo, Provincia de Buenos Aires desde el año 2014 y hasta el fallecimiento de esta última, ocurrido el 19 de julio de 2020, sin embargo no acompañó elemento alguno que corrobore la circunstancia indicada. Si bien tanto en la partida de defunción de la Sra. Ramírez, como en la copia del DNI del actor, se consigna la dirección aludida, consta como fecha de emisión, el mes de diciembre de 2019, es decir, menos de un año del deceso. Por lo demás, las boletas de luz de la Cooperativa Eléctrica de Saladillo por los períodos agosto y septiembre de 2018, así como la de TELECOM Argentina S.A. por el período junio de 2020 fueron dirigidas a la causante al domicilio de la calle Suquía 333 y sólo se agregó una factura a nombre del actor, también de la compañía telefónica mencionada, por octubre de 2020, cuatro meses después de la fecha del fallecimiento."

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