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GARDONIO, ADRIANA NILDA c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara modifica los honorarios regulados a favor de la letrada de la demandada y del perito contador, considerando la importancia del trabajo profesional realizado.

Regulacion de honorarios Perito contador Afip Proceso de conocimiento Contencioso administrativo


¿Quién es el actor?

GARDONIO, ADRIANA NILDA

¿A quién se demanda?

EN-AFIP-LEY 27605

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por PROCESO DE CONOCIMIENTO

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, modifica los honorarios regulados en primera instancia a favor de la letrada de la demandada y del perito contador, considerando la naturaleza del asunto, el contenido patrimonial involucrado, el mérito, calidad y eficacia de los trabajos desarrollados. Confirma los honorarios de la letrada en $581.635,20 (equivalente a 8,60 UMA) y eleva los del perito a la misma suma. Los fundamentos principales son:
- Para regular los honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos y la contribución a la solución del pleito. No basta la aplicación automática de porcentajes.
- El valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- Se debe tener en cuenta el contenido patrimonial involucrado, el mérito, calidad y eficacia de los trabajos desarrollados, así como la proporción que deben guardar los honorarios de los expertos respecto de los demás profesionales.

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