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Los veteranos de guerra de Malvinas demandaron el pago de la pensión honorífica desde la finalización del conflicto, pero la Cámara Federal confirmó que la ley y el decreto reglamentario disponen el pago a partir de la solicitud del beneficio.

Retroactividad Decreto reglamentario Veteranos de guerra de malvinas Pension honorifica Efectos de la ley


¿Quién es el actor?

Grupo de veteranos de guerra de Malvinas

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del pago de la pensión honorífica de veteranos de guerra desde el 2 de abril de 1982 (finalización del conflicto), y no desde la fecha de solicitud del beneficio.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones rechazó el recurso, confirmando la sentencia de primera instancia que desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 5 del Decreto 2634/1990.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El decreto reglamentario no excedió la potestad otorgada por la ley, ya que la ley 23.848 no otorgó efectos retroactivos a la pensión. El Código Civil vigente en ese momento establecía que las leyes no tienen efecto retroactivo salvo disposición en contrario, lo cual no ocurrió en este caso. Además, el otorgamiento de un beneficio social como consecuencia de la calidad de veterano de guerra no implica que deba ser abonado con retroactividad a la fecha del cese del conflicto, excepto cuando el legislador lo prevé expresamente, como ocurrió en el caso del subsidio extraordinario de la ley 22.674.

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