CORDERO, MANUEL ABEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor promovió demanda por reajustes de movilidad de su beneficio previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia para declarar la inconstitucionalidad de la actualización por la Ley N° 27.426 y diferir el análisis de otros puntos para la etapa de liquidación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Manuel Abel Cordero, es titular de un beneficio previsional obtenido en 2014. Solicitó en sede administrativa el reajuste de su haber, lo cual fue desestimado por ANSES.
En la sentencia de primera instancia, el juez federal de Córdoba admitió parcialmente la demanda, ordenando el recálculo de la PC y PAP y la suma de la PBU, pero rechazó el pedido de reajuste.
Ambas partes apelaron. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia en los siguientes puntos:
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N° 27.426 y su inaplicabilidad para determinar el ajuste del haber de marzo 2018, debiendo aplicarse la Ley N° 26.417.
- Difirió para la etapa de liquidación el análisis sobre la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU).
- Difirió también para la etapa de liquidación el planteo de inconstitucionalidad de la Ley N° 27.541 y los decretos dictados en su consecuencia sobre movilidad jubilatoria.
- Impuso las costas de primera instancia en el orden causado.
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