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LIBRICI, ORNELA c/ OBRA SOCIAL DE LA UNR s/AMPARO LEY 16.986

Obra social universitaria demandada por cobertura de terapias para menor con discapacidad. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que ordena la cobertura integral del tratamiento.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Tratamiento Derechos del nino Cobertura Derechos de personas con discapacidad

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La menor C.A., representada por su madre Ornela Librici, demandó a la Obra Social de la Universidad Nacional de Rosario (OSUNR) por la negativa a brindar cobertura integral de tratamientos de hidroterapia, integración escolar y terapia Pediasuit.
- El Juzgado Federal N°1 de Rosario hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la obra social brindar la cobertura integral de los tratamientos.
- La obra social apeló, alegando que los tratamientos no estaban contemplados en el nomenclador básico y cuestionando la evidencia científica de los mismos, así como la vulneración de su derecho de defensa.
- La Cámara Federal de Rosario, Sala A, confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que la decisión se sustentó en la opinión de los profesionales médicos intervinientes, quienes avalaron la necesidad y efectividad de los tratamientos para la salud de la niña. Destacó la triple protección constitucional de los derechos de la menor con discapacidad, y la obligación de las obras sociales de brindar prestaciones integrales.

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