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CAYO, CARLOS ISMAEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de los intereses.

Intereses Accidente de trabajo Riesgos del trabajo Tasa activa banco nacion Ripte Decreto 669 2019

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, excepto en lo relativo al cálculo de los intereses. Estableció que los intereses deben calcularse desde la fecha del accidente (13/1/2021) hasta el efectivo pago, aplicando la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estales (RIPTE) y, en caso de mora, la tasa activa del Banco Nación. Fundamentó que el Decreto 669/2019 debe aplicarse por ser una norma integradora del sistema de riesgos del trabajo.

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