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MOLINA, MARIANO GASTON c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo parcialmente el monto indemnizatorio otorgado por incapacidad física, pero confirmó la condena por incapacidad psíquica.

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Indemnización por accidente de trabajo sufrido in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena por incapacidad física al 9,36% de la t.o., pero mantuvo la condena por incapacidad psíquica del 10% de la t.o.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a la incapacidad física, el tribunal consideró que el informe pericial médico se encontraba debidamente fundado.
- Respecto a la incapacidad psíquica, si bien la perito informó que el actor padecía un cuadro de Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II, el tribunal entendió que el informe carecía de un análisis detallado de los elementos requeridos por la normativa para acreditar dicha afectación, por lo que ordenó dejar sin efecto esa parte de la condena.
- En cuanto a los intereses, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de las normas que imponen un sistema de actualización nominal, y dispuso la aplicación del índice de precios al consumidor (IPC) más un 3% anual.

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