SATOSHITANGO SRL Y OTRO c/ BCRA (EX 173905/22 - SUM FIN 1605 - RESOL 42/23) s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42
La firma Satoshitango SRL promovió recurso directo contra la sanción de multa impuesta por el BCRA por el uso indebido de términos reservados para entidades financieras. La Cámara Contencioso Administrativa Federal desestimó el recurso por considerar que el uso de las expresiones caja de ahorro virtual y cuenta bancaria digital resultaba inductor de confusión.
¿Quién es el actor?
Satoshitango SRL y su socio gerente Matías Bari
¿A quién se demanda?
Banco Central de la República Argentina (BCRA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la sanción de multa impuesta por el BCRA por el uso indebido de términos reservados a entidades financieras ("caja de ahorro virtual" y "cuenta bancaria digital")
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso directo y confirmó la sanción impuesta
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El uso de las expresiones cuestionadas tenía aptitud para inducir a confusión sobre la naturaleza de los servicios ofrecidos por Satoshitango, aun cuando ésta aclarara que no era una entidad financiera autorizada.
- La regulación sobre el uso de denominaciones reservadas a entidades financieras tiene una finalidad preventiva, por lo que no es necesario acreditar dolo o culpa, ni un daño efectivo, para que se configure la infracción.
- La graduación de la sanción, dentro de los límites establecidos, forma parte de las facultades discrecionales del BCRA, que sólo son revisables judicialmente en casos de manifiesta irrazonabilidad o arbitrariedad.
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