Logo

BAUSO BELTRAN, FACUNDO PEDRO c/ SUCESOS ARGENTINOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda contra su empleador y el sindicato por solidaridad laboral. La Cámara rechazó la extensión de condena al sindicato.

Responsabilidad solidaria Relacion comercial Actividad normal y especifica Articulo 30 lct Produccion audiovisual


¿Quién es el actor?

BAUSO BELTRAN, FACUNDO PEDRO
- Demandados: SUCESOS ARGENTINOS S.A. y SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL (SUTERH)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de diversos créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la extensión de la condena al SUTERH, considerando que este solo mantenía una relación comercial con la empleadora del actor (Sucesos Argentinos S.A.) para la contratación de servicios audiovisuales, los cuales no formaban parte de la actividad normal y específica del sindicato. Extractos relevantes: "La edición de videos institucionales efectuada por el actor no resultaba necesaria ni accesoria en el presente caso, ya que puede ser perfectamente escindible de la actividad principal de SUTERH, razón por la cual no se encuentra configurado en autos el supuesto previsto en el artículo 30 de la LCT." "En dicha inteligencia, las directivas del art. 30 LCT no implicaría que todo empresario deba responder por las relaciones laborales que tengan todos aquellos otros empresarios con quienes establece contactos comerciales, sino que, el sentido de la norma se circunscribe a aquellas relaciones de los contratantes, relacionados con la unidad técnica o de ejecución destinada al logro de los fines de la empresa (art. 6 LC)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar