ARTILES, MARIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata modificó parcialmente la sentencia, revocando el método de recálculo ordenado y declarando la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609.
Reajuste de haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones:
1) Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609.
2) Revocó el método de recálculo ordenado y dispuso que el recálculo del haber inicial se ajuste a los parámetros ordenados en la sentencia.
3) Revocó la tasa de interés fijada y dispuso que se aplique la tasa pasiva promedio del BCRA.
4) Rechazó el hecho nuevo planteado por la actora.
5) Confirmó el resto de la sentencia de primera instancia.
Fundamentos principales:
- Respecto al recálculo del haber inicial, la Cámara ordenó aplicar los criterios de actualización por ISBIC hasta febrero 2009 y luego por las movilidades de las leyes 26.417, 27.426 y 27.609.
- En cuanto a los aportes autónomos, corresponde actualizarlos en su justa proporción, sin aplicar el criterio del precedente "Spampinato".
- Sobre la tasa de interés, se debe aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA.
- El planteo de la actora sobre incrementos a haberes mínimos es un hecho nuevo improcedente.
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