R., M. A. c/ OSDEPYM s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió acción de amparo contra la obra social OSDEPYM para mantener su afiliación tras obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a OSDEPYM reincorporar a la actora al plan que ostentaba como monotributista activa.
- Actora: Mónica Aurora Rodríguez
- Demandada: Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas (OSDEPYM)
- Objeto: Mantener afiliación a OSDEPYM tras obtener beneficio jubilatorio
- Decisión: La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a OSDEPYM reincorporar a la actora al plan que ostentaba como monotributista activa.
- Fundamentos:
- La Ley 23661 instituye el Sistema Nacional de Salud con el fin de asegurar el derecho a la salud. Las obras sociales son consideradas agentes de ese sistema.
- La Ley 23660 establece que los jubilados y pensionados están obligatoriamente incluidos como beneficiarios de las obras sociales.
- Si bien la Ley 19032 crea el PAMI, esto no obliga la transferencia automática de los afiliados jubilados a dicho instituto sin su voluntad.
- La normativa resguarda el derecho de los afiliados a solicitar la continuidad de su cobertura ante un cambio en su condición.
- Los decretos invocados por OSDEPYM no impiden que quienes ya gozaban de una cobertura puedan continuar en ella.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: