FERNANDEZ, RAMON DANIEL c/ OMINT S.A. DE SERVICIOS s/ORDINARIO
El actor promovió demanda contra la empresa de medicina prepaga por cobros indebidos de aumentos sobre la cuota. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que ordenó a la demandada restituir los montos cobrados en exceso de los aumentos autorizados.
Reajuste de la cuota mensual del contrato de medicina prepaga, abstención de aplicar futuros aumentos no autorizados y reintegro de sumas abonadas en exceso de los incrementos autorizados.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a Omint S.A. a restituir lo abonado en exceso de los aumentos autorizados, desde diciembre 2017 hasta enero 2024.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La ley 26.682 y su decreto reglamentario establecen que las cuotas solo pueden modificarse por los aumentos expresamente autorizados por el Ministerio de Salud. La demandada no acreditó que los aumentos cobrados fueron los autorizados. La cláusula contractual que preveía aumentos por cambio de rango etario se consideró abusiva y se tuvo por no escrita.
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