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GIMENEZ, ALBERTO JAVIER c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajador reclama por incapacidad luego de accidente de trabajo, pero Cámara modifica sentencia para imponer costas en el orden causado.

Costas Incapacidad Accidente de trabajo Interpretacion de la ley Conviccion fundada

Incapacidad por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Cámara confirma dictamen de Comisión Médica que determinó que el trabajador no padece secuelas. Sin embargo, modifica la sentencia de primera instancia para imponer las costas en el orden causado, por considerar que existía convicción fundada del trabajador sobre su derecho a reclamar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe recordar que el art. 68, segundo párrafo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, faculta a quien juzga para apartarse del principio general de imposición de costas al vencido, "siempre que encontrare mérito para ello". El mérito a que alude la norma existe cuando se ha litigado mediante "convicción fundada" acerca de la existencia del derecho invocado, por tratarse de cuestiones suscitadas por la interpretación de las leyes o cuando estas cuestiones tienen complejidad jurídica." "Así, independientemente que no haya podido demostrar que actualmente se encuentre disminuido en su capacidad física, ello no significa que no haya sido verosímil que se considerase persuadido de portarla y, en consecuencia, de considerarse asistido de derecho a reclamar como lo hizo."

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