RECALDE, PABLO FRANCISCO c/ EXPERTA ART S.A. (EX CAMINOS PROTEGIDOS ART S.A.) s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y dispuso la actualización del capital de condena conforme al índice RIPTE y un interés puro del 6% anual.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Dispuso que el capital nominal de condena sea actualizado conforme al índice RIPTE y devengará un interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación. Para el caso de mora, se aplicará el interés del art. 770 CCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema invalidó la aplicación del Acta CNAT 2764 sobre capitalización periódica de intereses por ser contraria al art. 770 CCCN.
- El decreto 669/19 que modifica el art. 12 LRT es aplicable y constitucional, ya que mejora las prestaciones. El RIPTE es un índice adecuado para actualizar el ingreso base.
- Sobre los intereses, el art. 12 LRT no prevé compensación por la privación del capital, por lo que corresponde fijar un interés puro del 6% anual.
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