GALARZA, JUAN MARCELO Y OTROS c/ FRIGORIFICO RIOPLATENSE S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Actores reclaman diferencias salariales por adicional de antigüedad. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia de primera instancia y hace lugar parcialmente al reclamo.
Diferencias salariales por liquidación insuficiente del rubro "adicional por antigüedad"
¿Qué se resolvió?
La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y hace lugar al reclamo. Determina que el derecho al adicional por antigüedad recobró vigencia luego del proceso concursal de la empresa, siendo aplicable a todos los trabajadores independientemente de su fecha de ingreso. Ordena practicar liquidación de las diferencias salariales adeudadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El adicional del 1,5% por antigüedad se abonó hasta 1999, luego se suspendió durante el proceso concursal abierto en 1999, y posteriormente volvió a regir para todo el personal.
- No corresponde hacer distinciones entre trabajadores ingresados antes o después de 1999, ya que el derecho al adicional se funda en el acuerdo de empresa y no en las condiciones individuales.
- Aplica doctrina sentada en fallos previos de la misma Sala sobre el tema.
- Declara la inconstitucionalidad de las leyes que limitan la actualización de los créditos laborales, disponiendo su actualización por IPC o RIPTE más 3% de interés anual.
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