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RODRIGUEZ, PATRICIA LILIANA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora promovió demanda por daño psíquico y actualización de créditos. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, confirmando el rechazo del daño psíquico pero disponiendo la actualización del capital de condena.

Intereses Dano psiquico Trastorno de estres postraumatico Actualizacion de creditos Indice ripte


¿Quién es el actor?

la trabajadora Patricia Liliana Rodríguez

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: reconocimiento de daño psíquico y actualización de créditos
- Decisión del tribunal:
- Se rechaza el reclamo por daño psíquico. Para que exista daño psíquico debe mediar una perturbación patológica de la personalidad que guarde adecuado nexo causal con el hecho dañoso. En el caso, la trabajadora volvió a su actividad normal luego del accidente, por lo que no se advierte la existencia de una perturbación patológica.
- Se dispone la actualización del capital de condena mediante el índice RIPTE con más un interés del 6% anual, desde la fecha del accidente hasta la fecha de la liquidación a realizarse en la etapa de ejecución. A partir de entonces, se aplicará el interés establecido en el art. 12 de la Ley 24.557.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El daño psíquico como consecuencia de un accidente laboral debe derivar de un acontecimiento abrumador y de naturaleza excepcional. Un simple accidente que no derive en secuelas importantes no es suficiente.
- La actualización de los créditos dinerarios por medio del índice RIPTE más un interés del 6% anual es necesaria para preservar el valor adquisitivo del capital frente al fenómeno inflacionario.

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