CARRIZO, VICTOR DANIEL c/ INARTECO S.A. s/MEDIDA CAUTELAR
El actor promovió demanda laboral impugnando su despido y reclamando diferentes créditos. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia aumentando el monto de condena.
Impugnación de despido, diferencias salariales, fondo de desempleo y aplicación de sanción por retrasos en aportes previsionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el fallo de primera instancia, fijando un nuevo monto de condena de $161.601,03, el cual deberá ajustarse por IPC más una tasa de interés del 3% anual. Confirmó lo resuelto en materia de costas y honorarios.
Los principales fundamentos fueron:
- Si bien el DNU 329/20 prohibía los despidos sin justa causa, esa prohibición solo es aplicable a regímenes que gozan de estabilidad y permanencia, lo que no ocurre con los trabajadores de la ley 22.250 como el actor.
- Correspondía reconocer a favor del actor los salarios devengados hasta la fecha de despido, pero no procede el reclamo de diferencias salariales ni fondo de desempleo.
- En cuanto a la sanción por falta de aportes previsionales, no corresponde aplicar retroactivamente la ley 27.742 que la derogó, ya que ello afectaría la seguridad jurídica.
- La jueza Graciela Craig, en disidencia parcial, consideró que los intereses deben actualizarse por IPC más una tasa pura del 3% anual, declarando la inconstitucionalidad de la prohibición de actualización monetaria.
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