SENA, MARIO OSVALDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó prestaciones por secuelas en dedo meñique derecho, pero el tribunal modificó la sentencia y desestimó la demanda al considerar que no hay incapacidad acreditada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Prestaciones dinerarias por secuelas de accidente laboral en el dedo meñique derecho
- Decisión del tribunal: Se revoca la sentencia de primera instancia que había reconocido el derecho a percibir prestaciones, y se desestima la demanda en su totalidad.
Fundamentos principales:
- La lesión reclamada en el dedo meñique derecho no se condice con la incapacidad reconocida en el dedo meñique izquierdo.
- No hay error en la identificación del daño, ya que toda la prueba documental refiere a la lesión en el dedo derecho.
- Según el peritaje médico, la incapacidad para el dedo derecho es 0%, lo cual se corresponde con la ausencia de hallazgos relevantes en el estudio ecográfico. El actor no formuló objeciones al peritaje.
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