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GUEVARA, GUILLERMO SEGUNDO JAVIER c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador promovió recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la condena al establecer que el monto adeudado debe ajustarse al momento de su efectiva liquidación.

Intereses Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Lrt Factores de ponderacion

Recurso contra sentencia de primera instancia en causa por accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica la sentencia de primera instancia. Establece que el monto de condena debe actualizarse por el índice RIPTE más un 6% anual de interés simple hasta la liquidación, y a partir de allí aplicar la tasa activa del Banco Nación hasta el efectivo pago. Confirma los honorarios y costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal considera que la actualización por RIPTE más 6% anual es razonable para resarcir la privación del capital en tiempo oportuno, evitando la distorsión que genera la inflación.
- Discrepan en cuanto al momento hasta el cual deben aplicarse los intereses fijados, sosteniendo que luego de la liquidación deben aplicarse los intereses moratorios que establece la ley.
- Reiteran el criterio adoptado por la Sala en precedentes sobre la forma de computar los factores de ponderación del decreto 659/96.

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