IBALO, FELIPE OMAR c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó a la ART por una enfermedad profesional auditiva. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que el crédito devengue intereses y se actualice por IPC.
Enfermedad profesional auditiva
¿Qué se resolvió?
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que admitió el reclamo del trabajador y fijó un 12,81% de incapacidad.
- Modificó la sentencia de grado en cuanto a los accesorios, ordenando que el importe diferido a condena devengue intereses del 3% anual y se actualice por IPC desde la exigibilidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró apropiados los porcentuales de incapacidad fijados por el perito médico según el baremo.
- Respecto a la incapacidad psíquica, la Cámara indicó que no se aportaron elementos objetivos que descarten su existencia.
- Sobre los accesorios, la Cámara aplicó el criterio recientemente adoptado por este Tribunal de actualizar el crédito por IPC y adicionar 3% anual de interés puro.
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