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DIAZ, STELLA MARIS c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la continuidad del trámite judicial iniciado por el trabajador accidentado.

Accidente de trabajo Comisiones medicas Lrt Principio pro actione Derecho alimentario Avance del proceso


¿Quién es el actor?

Stella Maris Díaz

¿A quién se demanda?

Asociart ART SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de prestaciones dinerarias derivadas de un accidente de trabajo amparado por la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones revocó la declaración de incompetencia del tribunal de primera instancia y ordenó la continuidad del trámite iniciado, a pesar de los cambios introducidos por la Ley 27.348 que establecía la obligatoriedad de tramitar previamente ante las comisiones médicas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema de Justicia de la Nación había dejado sin efecto las sentencias anteriores y remitido el expediente a la Cámara para un nuevo pronunciamiento.
- Sin embargo, el tribunal de primera instancia ya había realizado actos procesales sustanciales, como la designación de un perito médico, que no pueden dejarse sin efecto por un excesivo rigor formal.
- Aplicando el principio pro actione y los precedentes de la Corte sobre evitar la frustración de derechos de contenido alimentario cuando el proceso está muy avanzado, corresponde continuar con la tramitación de la causa.
- Ello no implica apartarse del precedente de la Corte Suprema en el caso "Pogonza", sino atender a las particularidades del caso concreto.

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