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NUÑEZ, MARIA EUGENIA c/ SOTEL GROUP S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra Sotel Group S.R.L. y Telefónica Móviles Argentina S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y confirmó la responsabilidad solidaria de Telefónica Móviles Argentina S.A.

Intereses Prueba testimonial Inconstitucionalidad Responsabilidad solidaria Art 30 lct Actualizacion por ripte

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la responsabilidad solidaria de Telefónica Móviles Argentina S.A. con base en el art. 30 LCT. Se modifica la sentencia en relación a la actualización y los intereses del crédito. Fundamentos principales:
- Se consideran suficientemente convincentes los testimonios que acreditan que la actora desarrollaba tareas de comercialización de productos y servicios de la marca "Movistar" de Telefónica, lo que integra el núcleo de operaciones indispensables para la actividad de Sotel Group.
- Se declara la inconstitucionalidad sobreviniente de la prohibición de indexación de los créditos laborales (art. 7 ley 23.928) y se ordena la actualización por el índice RIPTE más 6% de interés anual.

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