TALABERA, MARCELO ANDRES c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el porcentaje de incapacidad reconocido y ordenó la actualización monetaria del crédito.
Incapacidad por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el porcentaje de incapacidad psicofísica reconocido, que ascendió al 27,16% de la total obrera, y ordenó la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor (IPC) más una tasa de interés del 3% anual, declarando la inconstitucionalidad de las leyes que prohibían la indexación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El perito médico determinó que el actor presenta limitación funcional por secuela de ruptura del tendón de Aquiles y esguince de pie y tobillo izquierdo, y una Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II/III, con incapacidad total del 29%.
- El porcentaje final de incapacidad psicofísica ascendió al 27,16% de la total obrera, aplicando el criterio de la capacidad restante por incapacidades previas.
- Respecto a los intereses, se declaró la inconstitucionalidad de las leyes que prohibían la indexación, por resultar insuficiente la tasa prevista en el régimen especial de la ley 27.348 para compensar la pérdida del valor adquisitivo del crédito.
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